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Boletines de prensa

Convocatoria para arrendamiento de bodega en Santa Elena

Publicado el 28 junio 2024

PROCEDIMIENTO ESPECIAL

PLIEGOS DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES ARBI-BANEC-2024-5001

CONDICIONES PARTICULARES PARA EL ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO ARBI-BANEC-2024-5001

“SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA BODEGA DE ARCHIVO DE LA SUCURSAL PROVINCIAL SANTA ELENA”.

SECCIÓN I CONVOCATORIA

 De acuerdo con los Pliegos elaborados por la Gerencia de Sucursal Zonal 5 de BANECUADOR B.P., de conformidad con lo establecido en los Art. 59 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y en concordancia con el Art. 219 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y en aplicación a la normativa vigente para el efecto; y, conforme se desprende de la Resolución Administrativa de inicio de proceso que se publica en el soce institucional suscrita por la Tec. Patricia Saltos Cedeño, Gerente de Sucursal Zonal 5 en su calidad de ordenador de gasto en uso de las facultades delegadas por la Gerente General en Resolución Nro. BANECUADOR-BANECUADOR-2024-0019-R de fecha 19 de marzo de 2024; se invita al oferente legalmente capaz para contratar, y personas naturales o jurídicas registrados o no y habilitados o no en el Registro Único de Proveedores (RUP), que tenga su dom icilio fiscal en el Ecuador a que presente su oferta técnica y económica para el “SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA BODEGA DE ARCHIVO DE LA SUCURSAL PROVINCIAL SANTA ELENA.”.

MARCO JURÍDICO

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, DEL ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES.

“Art. 59.- Régimen. – Los contratos de arrendamiento tanto para el caso en que el Estado o una institución pública tengan la calidad de arrendadora como arrendataria se sujetará a las normas previstas en el Reglamento de esta Ley.

REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Sección III Arrendamiento de Bienes Muebles e Inmuebles – Parágrafo I Arrendamiento de Bienes Inmuebles.

 Art. 218.- Procedimiento en caso de que la entidad contratante sea arrendataria. – En el caso de que las entidades contratantes sean arrendatarias se seguirá el siguiente procedimiento y condiciones:

  1. Las entidades contratantes publicarán en el portal COMPRASPÚBLICAS el pliego en el que constará las condiciones mínimas del inmueble requerido, con la referencia al sector y lugar de ubicación del Adicionalmente deberá publicar la convocatoria en la página web de la institución, o el uso de otros medios de comunicación que se considere pertinentes, sin perjuicio de que se puedan efectuar invitaciones directas;
  2. La entidad contratante adjudicará el contrato de arrendamiento a la mejor oferta tomando en consideración el cumplimiento de las condiciones previstas en el pliego y el precio del canon arrendaticio;
  3. El valor del canon de arrendamiento será determinado sobre la base de los valores de mercado vigentes en el lugar en el que se encuentre el inmueble;
  4. El contrato de arrendamiento se celebrará por el plazo necesario, de acuerdo al uso y destino que se le dará; y,
  5. Para la suscripción del contrato, el adjudicatario no requiere estar inscrito y habilitado en el Registro Único de Proveedores

Art. 220.- Normas supletorias. – En todo lo relacionado a la selección del arrendador o arrendatario por parte de las entidades contratantes enlistadas en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, se aplicarán los requisitos y procedimientos que determine el Servicio Nacional de Contratación Pública, las normas contenidas en la Codificación del Código Civil, la Codificación de la Ley de Inquilinato y el Código de Comercio.

En la fase de ejecución contractual se estará a lo dispuesto en la Ley de inquilinato.

Lo no previsto en el contrato ni en la Ley de Inquilinato se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

RESOLUCIÓN Nro. R.E-SERCOP-2023-0134 Capítulo III FIRMA ELECTRÓNICA

Artículo 20.- Documentos firmados electrónicamente. – Todos los documentos emitidos en los procesos de contratación pública deben estar suscritos mediante firma electrónica, en las etapas preparatoria, precontractual, contractual y evaluación ex post.

Se excepciona de esta obligación, los siguientes documentos:

  1. Los documentos generados en procesos de arrendamientos de bienes inmuebles, que no sean suscritos por la entidad de derecho público o que sean suscritos por ambas partes.

PROHIBICIONES:

No podrán participar, las personas que se hallen comprendidas en las causales previstas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP).

Tampoco podrán participar, por sí o por interpuesta persona, los directivos, empleados y trabajadores de BANECUADOR B.P., sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o aquellas empresas de las que ellos sean dueños o en las que tengan participación.

PRESUPUESTO REFERENCIAL

El canon total es de USD $330.00 mensuales con un incremento desde el segundo año de alquiler, este incremento se efectuará conforme a la tabla de inflación acumulada del INEC.

El Presupuesto Referencial es de USD $ 19.800.00 (DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 DOLARES) más IVA. por un periodo de 60 meses calendario, contados a partir de su fecha de suscripción del contrato.

Respecto del incremento del canon de arrendamiento:

 Incremento anual ajustado a la tabla inflación acumulada que señale el INEC y SERCOP, multiplicado por los metros cuadrados que se determinen se usaran en arrendamiento por parte de BANECUADOR B.P. el cual se ha provisionado.

1.- Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes de la partida presupuestaria No. 450330030000 (ARRENDAM EDIF LOCAL Y TERREN), de acuerdo con la Certificación de Disponibilidad Presupuestaria Nro. CO- 1661 con disponibilidad presupuestaria para el año 2024 y con memorando Nro. BANECUADOR-GZG-2024-1701-MEM de fecha 26 de marzo de 2024 Los valores restantes considerados para el año 2024 y 2025 se registran como provisionados para el pago de los canones de arrendamiento conforme el requerimiento efectuado por medio de Memorando Nro. BANECUADOR-GZG-2024-1655-MEM de fecha 22 de marzo de 2024. Los pagos serán en dólares de los Estados Unidos de América.

LAS CONDICIONES GENERALES DE ESTA CONVOCATORIA SON LAS SIGUIENTES:

1.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gob.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso 2 del artículo31 de la LOSNCP.

2.- Para poder participar en el presente procedimiento y suscribir el contrato, el adjudicatario no requieren estar inscrito y habilitado en el RUP, según lo establecido en el artículo 218 numeral 5 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

3.- El presente proceso de contratación se lleva a cabo conforme las solemnidades descritas en el Art. 218 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

4.- La evaluación de la oferta se realizará aplicando los parámetros de evaluación definidos en el presente pliego.

5.- El oferente, deberá presentar su oferta por la totalidad de los servicios requeridos. Toda oferta deberá ser presentada en las condiciones solicitadas en esta convocatoria y de conformidad con las especificaciones generales y técnicas.

7.- La presentación de la oferta será remitida por medio de correo electrónico de la Responsable del Proceso de Contratación en el SOCE jessica.plua@banecuador.fin.ec Ing. Jessica Plua Lopez Analista Zonal Sr. Administrativo y de Adquisiciones mismas que no se condiciona a venir firmadas electrónicamente por medio del aplicativo firma ec.

  1. El calendario del procedimiento se realizará de acuerdo a los siguientes plazos:
 

Fecha de Publicación

 

2024-06-28 17:00:00

Indicar la fecha real en la cual desea publicar el Proceso.
Fecha límite de Audiencia de Preguntas y Aclaraciones 

2024-07-01 16:00:00

Fecha límite de Audiencia de Preguntas y Aclaraciones
 

Fecha Límite de Propuestas

 

2024-07-02 15:00:00

Fecha      máxima      para      la      entrega      de propuestas.
 

Fecha Apertura Ofertas

 

2024-07-02 16:00:00

Fecha de apertura de ofertas e inicio de Convalidación de Errores.
Fecha Estimada de Adjudicación 

2024-07-05 18:00:00

Fecha estimada para la Adjudicación de la compra.

La audiencia de preguntas y aclaraciones se realizará el 28-06-2024 a las 13H00 en el tercer piso, en la Unidad de Servicios Corporativos de la Zonal 5 de Guayaquil, BANECUADOR B.P. Panamá 403 y Roca.

En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores se realizará observando los plazos establecidos en la LOSNCP y su Reglamento General.

7.- Los requerimientos mínimos que deberá tener la documentación técnica de la oferta se señalan en los Pliegos, en la sección “Especificaciones generales y técnicas”;

8.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General y a las Resoluciones que para el efecto haya emitido el Servicio nacional de Contratació n Pública SERCOP. El Administrador de BANECUADOR B.P. podrá cancelarlo en cualquier momento hasta 24 horas antes de la presentación de las ofertas, o declararlo desierto, en los casos establecidos en los artículos 33 y 34 de la LOSNCP.

TEC. PATRICIA SALTOS CEDEÑO GERENTE DE SUCURSAL ZONAL 5 BANECUADOR B.P.

DELEGADO POR MEDIO DE RESOLUCION BANECUADOR-BANECUADOR-2024-0019-R ORDENADOR DE GASTO


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